06 Abr Testamento ológrafo en tiempos de Coronavirus
Me resulta muy complicado poner en unas palabras todas las emociones, sentimientos que han llegado hasta mi (igual que hasta muchas más personas) desde que el maldito coronavirus llegó a mi/nuestras vidas, y eso que parte de mi trabajo es escribir.
Sé que este es un blog de Pericia Caligráfica por lo que es relativamente fácil encontrar *un tema*, una *historia que contar*, pero también sé que en estos momentos el mundo entero está preocupado por otras cosas mucho más importantes, y sinceramente lo entiendo porque aquellas ideas que tenía para escribir sobre mi profesión de repente se esfumaron y me doy cuenta de lo trivial que aquello puede llegar a resultar hoy.
De repente todo se ha parado, EL MUNDO ENTERO, y escuchar tantos mensajes de desolación, impotencia, rabia, incertidumbre y tantas más, produce cuando menos una extraña sensación de vacío.
Sin embargo y, a pesar de este parón mundial o quizás por ello veo como en estos días de tanto caos se comportan las personas, yo misma, y no dejo de asombrarme.
Mirando hacia adentro, si, pero también hacia afuera.
Y con los contactos vinculados a mi profesión que tengo por el mundo, he querido enviar información a países donde *el bichito* no está aún causando los estragos que aquí en España, y me he encontrado con que no se creen mucho, o mejor dicho cuestionan lo que les cuentas, y te dicen que *ellos saben cuidarse solos*, y no sé cuántas idioteces más porque honestamente no se lo tengo en cuenta. El ser humano es así de estúpido. Y aún cuando el Planeta Tierra estaba gritando BASTAAAA, seguíamos ignorando los gritos.
No me creo lo del *pangolín*, pero no voy a contar aquí lo que pienso. Lo que si sé es que LA TIERRA RESPIRA por primera vez en mucho tiempo y a pesar de todo…
Hace unos pocos días leí un post publicado por un despacho de abogados en el que hablaban de Testamentos escritos a mano, y pensé: que oportunistas¡, aquí ya sacamos tajada de todo: *el muerto al hoyo y el vivo al bollo.
Soy muy activa en redes sociales y al leer el post no dije nada, sin embargo, me sorprendí cuando comencé a ver comentarios del tipo: ¡Huy, cuanto papeleo! Pues a mi que me lo haga mi notario. Mejor cuando me muera, que lo solucionen los que quedan…
Y fue en ese momento cuando desde mi conocimiento, comencé a responder preguntas e inquietudes en aquel post.
¡Así es que sí! Voy a hablar del momento en el que ya sabemos que abandonamos este mundo y queremos en un último esfuerzo arreglar aquellas cosillas que dejábamos pendientes para *cuando estuviésemos más preparados*. Lo haré con todo mi respeto pensando en los que se hayan marchado sin hacerlo y sin saberlo, y sobre todo para los que quedamos y seguimos sin querer pensar en ello:
El Testamento Ológrafo o Testamento escrito y firmado a mano por el testador sin intervención de Notario.
- Si la persona ha sido incapacitada judicialmente no podrá realizar dicho Testamento que ha de realizarse al completo a mano (no sirve por ordenador o máquina). Tampoco pueden otorgar dicho Testamento los
menores de edad. - Si dicha persona se equivoca al escribir, no es necesario que comience de nuevo, (dicha corrección deberá ser salvada por el testador con su propia firma)
- El Testamento deberá recoger las ultimas voluntades del Testador (escritas) además debe de estar firmado, y contener la fecha completa.
- ¿Quién custodia el testamento ológrafo?
- El testador podrá elegir a la persona encargada de custodiar el testamento ológrafo. Dicha persona tendrá
que presentar el testamento ante notario en el plazo de 10 días a contar desde el momento en que tenga conocimiento del fallecimiento del testador. En caso de que incumpla esta obligación, los herederos podrán
exigirle responsabilidades en caso de que sufran algún perjuicio. - Adveración del testamento ológrafo y protocolización
- Antes de la protocolización del testamento es necesario proceder a su adveración. Tras el fallecimiento del testador, la persona que tuviera a su cargo el testamento, deberá llevarlo ante notario en el plazo de 10 días. Si dicho plazo se incumple, podrá ser requerido por cualquier heredero o persona con interés legítimo a través de un notario.
- Una vez esté el testamento en poder del notario, se citará al cónyuge del fallecido, a sus hijos o descendientes, a sus ascendientes, y en defecto de ellos a sus colaterales. En caso de que se desconociese su domicilio, se les citará a través del tablón de anuncios del lugar de residencia del fallecido, o en su defecto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del lugar en que falleció, o en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del lugar en el que más bienes tuviera el fallecido.
- Los herederos del fallecido deberán acudir ante el notario el día que se les haya citado para que se manifiesten sobre la autenticidad del testamento. Respecto a las posibles pruebas para determinar su autenticidad, la mayor parte de ocasiones los notarios requieren un Informe Pericial Caligráfico antes de Adverar y Protocolizar el mismo, en otras ocasiones la presencia de 3 testigos.